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"La Ley del SO duerme en los sueños de los justos", criticó el senador Molini

El senador provincial de la Coalición Cívica, Roberto Molini, consideró hoy que "lamentablemente la Ley de Desarrollo del Sudoeste duerme hasta estos días en el sueño de los justos" al informar que aún "no se puso en práctica su dinámica".

"Recién este año hemos logrado que le asigne un presupuesto, que no es demasiado importante y alcanza los 19 millones de pesos. Consideramos que debería ser el triple de esa suma ya que de tal forma se podrían poner en marcha actividades que conlleven a activar un sistema que busca implementarse en una zona diferente de la Provincia de Buenos Aires (23% de su extensión)", mencionó el legislador por LA DORREGO.

"Si esta legislación hubiera estado estado en vigencia, se podría haber atenuado en gran medida los efectos de estas últimas sequías", entendió Molini, que además pertenece a la Federación Agraria Argentina, filial Punta Alta.

La ley sel Sudoeste crea un Plan que "tendrá por objeto el desarrollo integral de su área de ejecución, entendiéndose por tal a la Región conformada por los Partidos de Adolfo Alsina, Saavedra, Puán, Tornquist, Coronel Rosales, Coronel Dorrego, Bahía Blanca, Villarino, Patagones, las Circunscripciones II, III, X, V, VI de Guaminí, las Circunscripciones XI, V, XV, VI, XIII, VII, VIII, XIV, XII, de Coronel Suárez, y las Circunscripciones X, XI, XII, VIII, IX, VII, IV, V, de Coronel Pringles, según los límites prescriptos en el Anexo I de la presente norma. Inclúyese en las disposiciones del presente artículo al área bajo jurisdicción de la Corporación de Fomento del Valle del Río Colorado."

El artículo número dos de la ley especifica: "Riferénciase a la región definida en el artículo anterior, a los fines del diseño de las políticas públicas, de los restantes partidos que integran la provincia de Buenos Aires, atento sus características edafo-climáticas y productivas. A tales efectos, considérase a dicha región como de naturaleza Subhúmeda seca, Semiárida y Árida. La Autoridad de Aplicación podrá establecer, por vía reglamentaria, la sub regionalización de la región y la aplicación de políticas específicas para cada sub región." (03.02.10)

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