Con el objetivo de fomentar y difundir el uso de ese recurso de protección jurídica, legisladores provinciales del oficialismo impulsan un proyecto de ley que obliga a los escribanos a informar a sus clientes sobre las posibilidades de declarar en forma gratuita a sus inmuebles como "Bien de Familia", lo que, entre otros beneficios, les brinda inembargabilidad ante posibles ejecuciones.
La iniciativa impulsada por el diputado del Frente para la Victoria Marcelo Feliú, apunta a "profundizar el conocimiento" sobre este mecanismo de protección jurídica, que puede ser aplicado en determinados bienes, y la posibilidad de los titulares de acceder a la declaración de bien de familia en forma gratuita.
En la norma se estipula que los escribanos también deberán ofrecer a sus clientes la posibilidad de constituirlo en el mismo acto mediante el pago del honorario mínimo establecido para esos casos por las normativas nacionales (hasta el 1 por ciento de la valuación fiscal del bien) y para el caso que los potenciales beneficiarios desistan de esta alternativa, dejar constancia expresa de esa negación.
Al destacar los beneficios de este recurso, Feliú recurrió a un caso típico de los que suelen presentarse en estas situaciones. "Supongamos que una persona es responsable por un accidente o debe indemnizar a alguien por una cifra cuantiosa que no está en condiciones de afrontar. Si su casa está inscripta como Bien de Familia, no se la podrán rematar y al menos los suyos no perderán el techo propio", explicó. (25.10.10)
FUENTE: Diario El Día
La iniciativa impulsada por el diputado del Frente para la Victoria Marcelo Feliú, apunta a "profundizar el conocimiento" sobre este mecanismo de protección jurídica, que puede ser aplicado en determinados bienes, y la posibilidad de los titulares de acceder a la declaración de bien de familia en forma gratuita.
En la norma se estipula que los escribanos también deberán ofrecer a sus clientes la posibilidad de constituirlo en el mismo acto mediante el pago del honorario mínimo establecido para esos casos por las normativas nacionales (hasta el 1 por ciento de la valuación fiscal del bien) y para el caso que los potenciales beneficiarios desistan de esta alternativa, dejar constancia expresa de esa negación.
Al destacar los beneficios de este recurso, Feliú recurrió a un caso típico de los que suelen presentarse en estas situaciones. "Supongamos que una persona es responsable por un accidente o debe indemnizar a alguien por una cifra cuantiosa que no está en condiciones de afrontar. Si su casa está inscripta como Bien de Familia, no se la podrán rematar y al menos los suyos no perderán el techo propio", explicó. (25.10.10)
FUENTE: Diario El Día
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