lunes

INVESTIGAN UN ABUSO SEXUAL EN PERJUICIO DE UNA NENA DE 10 AÑOS

La Justicia local investiga un caso de abuso sexual agravado por acceso carnal en perjuicio de una niña de diez años, cuyo principal sospechoso es el padrastro de la menor.
De acuerdo a lo informado por el responsable de la Unidad Descentralizada de Fiscalía, Marcelo Romero Jardín, "los exámenes médicos comprobaron que el hecho existió y ahora se trabaja en la búsqueda de elementos suficientes para acreditar la responsabilidad del autor".
El aberrante caso habría ocurrido en la localidad de San Román y vendría aconteciendo desde que la menor tiene seis años, según informaron fuentes extraoficiales a LA DORREGO.
El hombre está imputado formalmente y se le extraerán las huellas para corroborar antecedentes, aunque no se encuentra aprehendido, dado que cuando la Justicia tomó conocimiento del hecho, no había elementos suficientes para probar la autoría, comentó esta mañana Romero Jardín.
El funcionario relató además que ya se tomaron declaraciones testimoniales a varias personas, entre ellas a la madre de la menor.
LA NENA CONSUMIÓ MEDICAMENTO EN UN APARENTE INTENTO DE SUICIDIO
El hecho comenzó a investigarse tras el ingreso de la nena al Hospital Municipal por haber consumido un medicamento en un aparente intento de suicidio.
"Se trataría de un acto que hacen para llamar la atención, como un pedido de auxilio", aseguró el ayudante de Fiscalía, al tiempo que sostuvo que "la chiquita está siendo asistida por el Servicio local de Protección de los Derechos del Niño".
La causa está caratulada como "abuso sexual agravado por aceeso carnal y por la situación familiar" e interviene la UFIJ Nº9, del doctor Sebastián Foglia. (14.09.09)

24 comentarios:

Anónimo dijo...

Es increíble el fiscal dice que el hecho se comprobó y por otro lado que no puso preso al violador.Así nos protegen de estas bestias?

Anónimo dijo...

Les comento que el tipo ya se fugó. Se quien es. Despreciable.

Anónimo dijo...

AL DEL 20:09 DA NOMBRE Y APELLIDO. ESCRACHALO A ESE HIJO DE PUTA. ASI TODO EL MUNDO SABE QUIEN ES.

Anónimo dijo...

romero jardin, ayudante fisal de nuestra ciudad, tenia las herramientas para que hoy ese tipo este preso, ... el tipo no se fugò, se le abriò la puerta para que se vaya. y ahora què hacemos???

Anónimo dijo...

q asco maldito pais el nuestro,maldita justicia y maldita gente,manga de cobardes

Anónimo dijo...

hasta cuando seguiremos sin hacer justicia en este pais?hasta cuando cada cual cumplira con su tarea realmente?

Anónimo dijo...

Ya que me tildan de cobarde y dicen un montón de disparates por lo menos tengan la hombría de poner el nombre así les respondo.
Marcelo Romero Jardin DNI nro. 18.798.261.-

Anónimo dijo...

MO SE PUEDE CREER!! DONDE ESTAN LOS DERECHOS DE ESTA MENOR? Y ENCIMA DESPUES HAY ABOGADOS QUE DEFIENDEN A ESTA CLASE DE BASURAS!
CUANDO VA A ENTENDER LA JUSTICIA QUE ESTAS PERSONAS NO TIENEN CURA, HACE 4 AÑOS QUE VIENE ABUSANDO Y LO DEJAN LIBRE!! TENIENDO TODAS LAS PRUEBAS, HAY QUE ESCRACHARLO, PUEDE ESTAR CERCA DE NOSOTROS Y NI ENTERADOS.

Anónimo dijo...

Sr.: Romero Jardín, seguramente Ud. no es el responsable de que este delincuente este en libertad. Pero sería bueno ya que tiene un minuto para escribir en esta página que nos explicara de que forma la Ley protege a este delincuente y porque Ud. no puede dar la óden para detenerlo. Por otro lado no doy el nombre porque no lo creo necesario y nunca le voy a faltar el respeto, pero considero que Ud. es no solo una buena persona y respetable en la ciudad sino que también cumple muy bien con su trabajo. Pero para que no se lo critice seguramente Ud. tiene la respuesta indicada.

Anónimo dijo...

no saben, tontos, que si se da el nombre y apellido del padrastro estamos exponiendo a la pequeña, que es a la que hay que salvaguardar. Romero Jardín, no se rebaje a responder tantas estupideces.

Anónimo dijo...

Creo que la no detencion de este "animal"(otro nombre no le cabe), no es culpa de Romero Jardin sino de las leyes que le impiden a Jardin hacer su trabajo, o me equivoco? Todo mal: las leyes protejen a los violadores no a las victimas
Y una vez preso, pregunto: que condenan le dan? 10, 15 años? el tipo se pasa una gran vida dentro de la carcel (puede estudiar, trabajar, comer, calefaccionarse o viceversa) mientras una niña y toda la familia esta destruida para toda la vida; y despues sale y? es un gran señor y reincide.
LAMENTABLE!!! ESTO LO TIENEN QUE CAMBIAR AUTORIDADES A NIVEL NACIONAL QUE SON LAS QUE PUEDEN.
Por favor, lo pedimos por nuestros hijos!!! (pero a quien le importan nuestros hijos?)
Hay Argentina! cuando podran ponerte en el peldaño que te mereces! (en las leyes sobre todo)
Que Dios te bendiga
Rosa

Lorenzo dijo...

por que no dan el nombre del autor del hecho??? encima de todo tienen mas derecho que las victimas esos hdp....

María Laura dijo...

COMO SIEMPRE DIGO,

EL HECHO DE QUE SE CONOZCA EL NOMBRE DEL ABUSADOR, ES PRIORIDAD UNO, PARA EVITAR QUE OCURRA NUEVAMENTE,

EN SEGUNDO LUGAR, EL HECHO DE QUE SE SEPA EL NOMBRE DE LA NIÑA, NO EMPEORARÁ LAS COSAS.

Y EN TERCER LUGAR, COMO LA LEY ESTÁ HECHA AL REVES EN LA ARGENTINA, LA OPCIÓN SON LOS PAMFLETOS ,20:09.

ANONIMAMENTE, SE PUEDE SABER EL NOMBRE,

Y, POR FAVOR...
ES HORA DE ACTUAR EN SERIO,

EN DORREGO DEBE EXISTIR UN LUGAR, CON GENTE MUY CAPACITADA,VIGILADA Y CONTROLADA PERIÓDICAMENTE EN SU ACTUAR,PARA QUE ESTOS NIÑA/OS
TENGAN DONDE VIVIR CONTENIDOS Y ALEJADOS, DEL CIRCULO FAMILIAR,QUE,

COMO SIEMPRE...
NO VE, NO ESCUCHA, NO DENUNCIA.

Anónimo dijo...

Es increible q esto suceda tanto tiempo (tantos años)y nadie se de cuenta del estado q tendria imagino esta nena para llegar a querer quitarse la vida (o algo asi) x el infierno q estaria viviendo....

la verdad no se puede creer....son todos ciegos los q la rodeaban? xq la verdad no lo puedo entender!

las "leyes" una porqueria nunca defienden a quienes deberian...y menos nunca protejen a quienes deberian...

el tipo ...sin palabras q se puede decir!!!!!! la verdad no corresponderia escribir aca, todo lo que se me viene a la mente en este momento...

me da tanta bronca q pasen estas cosas!!!!

y perdon pero no estoy juzgando a nadie solo q no lo entiendo...no me entra en la cabeza algo asi!
soy Andrea.

Anónimo dijo...

Muchas personas saben q si se queria a esta persona se la podia detener, pero El Dr. Foglia, con su discurso garantista, no lo hace "se ajusta a derecho", como este tipo de aberraciones ya no son hechos aislados, en algun momento, la cagada a palos q le pegaron al fiscal en el conurbano cuando fue a presenciar un hecho delictivo, tampoco van a ser hechos aislados. En algun momento el pueblo explota. Ni los pañuelitos de la Sra. Hebe van a quedar en pie....

Anónimo dijo...

Voy a dejar un pensamiento que tengo que aclaro no está relacionado con este caso particular pero me consta que muchas mujeres con tal de tener a un tipo al lado, sea para que las mantenga o lo que sea, no les importa mucho pensar en sus hijos pequeños que obligan a cohabitar con estos "señores". Cuando una tiene hijos debe pensar muuuy bien con quien se junta, con quien deja los chicos ya que hay infinidad de casos donde justamente el verdugo de los menores termina siendo el padrastro.

María Laura dijo...

EL 60 % DE LOS ABUSOS DENTRO DEL HOGAR?

LO REALIZAN LOS PADRES BIOLÓGICOS!!!!

ES ESTADISTICA, SOLO EL 14% CORRESPONDE A LOS PADRASTROS.

Y CASI SIEMPRE ES UN FAMILIAR DIRECTO.

Anónimo dijo...

Anónimo de las 00:33 no se identificó, pero como fue respetuosa, entiedo por su forma de escribir es una mujer, le voy a dar la respuesta a su inquietud. El Ayudante Fiscal no tiene la facultad de ordenar detenciones, no lo prevee la ley de creación de ese cargo. Las facultades que le acuerda la ley son las de solicitar al Juez medidas de incorporación probatoria (allanamiento, intervención telefónica etc.) el Juez puede concederlas o no de acuerdo a los elementos que haya y a su criterio. No puede el Ayudante Fiscal solicitar medidas de coerción personal (detención, prisión preventiva). La detención de un ciudadano la ordena un Juez de Garantías a pedido de un Agente Fiscal cuando se enuentra acreditado que el hecho existió y existen elementos probatorios suficientes que acreditan la muy probable autoria del sospechado. En cuanto a la única prueba para acreditar la autoría que existe hasta el momento en este caso (declaración de la víctima, este año se modificó el Código Procesal Penal provincial y cuando un menor de 16 años es víctima de un delito de índole sexual, yo no puedo recibirle declaración, la ley indica que debe hacerse con la intervención de psicólogos, con cámara Gessel y notificación al Juez y la Defensa, en un solo acto, es imposible hacer eso en Dorrego.

Anónimo dijo...

cREO QUE LOS PORCENTAJES Q DIO MA. LAURA ESTAN AL REVES, DE TODOS MODOS, COINCIDO CON EL PENSAMIENTO DE 14.01, NO ENTIENDO LA ACTITUD DE ESTA MAMA ¿COMO NO PUDO DARSE CUENTA QUE ALGO LE OCURRIA A SU HIJA, DURANTE TANTO TIEMPO?
TAMBIEN SE DE CASOS QUE LAS MAMAS CON TAL DE NO PERDER A SU PAREJA SOPORTAN Y SON COMPLICES, DE ESTOS ABUSOS. PERO BUENO HAY MADRES QUE SOLO LO SON PORQUE TUVIERON LA SUERTE DE PARIR...

María Laura dijo...

LOS PORCENTAJES ESTÁN CORRECTOS, 21:58, Y TE DIGO MAS, LAS ESTADISTICAS TAMBIEN HABLAN ADEMÁS DE PERSONAS CON UN NIVEL SOCIAL Y CULTURAL ELEVADO, EN SU MAYORÍA SON PROFESIONALES, COMO ABOGADOS, ARQUITECTOS, INGENIEROS, ETC.
Y POR SUPUESTO EXCELENTES VECINOS.
Y TAMBIEN EN MUCHOS CASOS LAS MAMÁS, DE LOS NIÑOS HAN SIDO PERSONAS ABUSADAS, POR LO QUE ACTÚAN COMO PUEDEN ANTE LA SITUACIÓN.
PERO EL RESTO DE LA FAMILIA, HACE LA VISTA GORDA.

ASESORATE, PARA MAS SEGURIDAD EN:

CREERSI@HOTMAIL.COM

TE:0291-4513049
0291-4542153
0291-4532165

María Laura dijo...

FE DE ERRATAS PARA MI COMENTARIO SOBRE ESTADISTICAS.

AQUÍ ESTÁN LAS CORRECTAS, EXPLICADAS POR LA SIQUIATRA QUE DIO LA CAPACITACION SOBRE A.S.I, EN BAHÍA BLANCA

Presuntos perpetradores:
Padres: (45,7 %)
Padrastros: (15,2 %)
Otros familiares: (9,2 %)
Conocidos: (27,3 %)
Desconocidos: (0,25 %)

DE IGUAL FORMA, VEASE LA DIFERENCIA DEL PORCENTAJE ENTRE PADRE BIOLÓGICO Y PADRASTRO.

EL ABUSADOR, SIEMPRE ES CONOCIDO Y CERCANO A LA VICTIMA.

Anónimo dijo...

ART 153 3ER PARRAFO DEL C.P.PENAL: EL FISCAL PUEDE APREHENDER CUANDO EL IMPUTADO PUEDA ELUDIR A LA JUSTICIA.
SIN MAS PALABRAS.

Anónimo dijo...

Anónimo de las 03:54, se nota que usted nunca tuvo que escribir los fundamentos de una conversión de aprehensión en detención o responder un recurso de apelación de la Defensa pidiendo la nulidad de la aprehensión y de todo lo actuado. Además se olvida de los requisitos de fondo de esa aprehensión para casos excepcionales y que están en el art. 151, no en el 153, lea lo que dice el art. 150 y el 151, no lea solo ese artículo y lo interprete como quiera y fuera de un sistema de normas que es muy exigente al momento de la privación de libertad de un sujeto. Si quiere discutir en términos jurídicos discutamos en serio y ponga mas fundamentos. La posibilidad de eludir la acción de la justicia es uno de los tres requisitos que exige el 153, quedan dos mas la prueba de cargo y la pena en expectativa.-

Anónimo dijo...

Sr. Fiscal. yo entiendo su postura hay que ajustarse al corset del código porque si uno hace algo apenas distinto o saltea un paso los abogados defensores se toman de eso para anular un proceso. Si bien el abusador se fugó estoy segura que la policia actuará y logrará detener a esta rata que no tiene muchos recursos para escaparse. Cualquier hombre o mujer bien nacido no puede permitir que se salga con la suya y quede impune. Respeto su trabajo.