Con motivo de la proximidad de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, la dirección de Inspección y Seguridad de la comuna, comunicó que "únicamente" se encuentran habilitados para la venta al público los artificios pirotécnicos autorizados por el Renar, los que deberán estar identificados con el código de registro A11 y/o B3.
Además y de acuerdo a la Ordenanza Municipal vigente los mismos deberán contar con las siguientes especificaciones: Nº de inscripción del fabricante, Nº del registro del producto, denominación y marca; inscripción “Venta libre”; prohibición de venta a menores de 16 años y recomendaciones referidas a su correcto uso.
En cuanto a la exposición para la venta al público, se comunica que los artificios deberán ser exhibidos inertes, es decir desactivados y para su almacenamiento no se podrá exceder de cien kilos de peso bruto por cada local comercial, debiendo respetar la prohibición de ser depositados junto a productos inflamables y alejados de líneas eléctricas, existiendo además la obligatoriedad de contar con un matafuego reglamentario en condiciones de uso apto en el lugar de almacenamiento y/o venta al público. (15.12.10)
En cuanto a la exposición para la venta al público, se comunica que los artificios deberán ser exhibidos inertes, es decir desactivados y para su almacenamiento no se podrá exceder de cien kilos de peso bruto por cada local comercial, debiendo respetar la prohibición de ser depositados junto a productos inflamables y alejados de líneas eléctricas, existiendo además la obligatoriedad de contar con un matafuego reglamentario en condiciones de uso apto en el lugar de almacenamiento y/o venta al público. (15.12.10)
6 comentarios:
Igualmente, para colaborar con la salud de todos, especialmente de los animalitos, la venta de pirotecnia debería estar prohibida, como es el caso de Bahía Blanca. ¿A qué número telefónico se puede denunciar la venta y/o uso de pirotecnia a menores de edad? Muchas Gracias.
La venta y utilización de pirotecnia estaría infringiendo el inciso 7 del artículo 3 de la ley de maltrato animal: http://perrosbahienses.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=281:ley-nacional-1434654-para-recordad-que-existe&catid=33:general&Itemid=56
En honor a la verdad, el Consejo Deliberante nos honraría con su prohibición. Distritos vecinos lo han logrado y es una manera de cuidarnos.
Gracias por el espacio.
Coincido con los demas comentarios. Deberia estar prohibida..por el bien nuestro, de nuestros niños y de nuestras mascotas..
NO SOLO POR LAS MASCOTAS, SINO POR LA PELIGROSIDAD CON LOS NIÑOS, COMO ASÍ TAMBIEN, LOS INCENDIOS, POR LA SEQUIA REINANTE.
ESPEREMOS QUE NUESTROS BOMBEROS PUEDAN DISFRUTAR DE SU FAMILIA EN ESTAS FIESTAS,
SIEMPRE ME PARECIÓ UN GASTO TAN ESTUPIDO!!! EN MI BARRIO HACE UN MES, QUE CHICOS CHIQUITOS ESTÁN TODO EL DIA CON LOS COHETES, Y OBVIAMENTE CON EL ENCENDEDOR EN LA MANO.
Y MI PREGUNTA ¿y LOS PADRES...DONDE ESTÁN?
PORQUE DESPUES VIENEN LOS LAMENTOS.
YO ME PREGUNTO:.......porque siempre las autoridades tienen que intervenir para corregir nuestra conducta si todos sabemos lo que esta bien y lo que está mal.
Yo tengo un hijo de 13 años y no compra ni usa pirotecnia, no se porque tienen que venir a prohibir algo, o mejor dicho PARA QUE ESTAMOS LOS PADRES?????, me parece que hay que aplicar el sentido de responsabilidad, si a mi me parece que algo hace daño.....por mas que esté permitido no lo uso y listo!!!!!
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